El gobernador del Estado Miranda, Héctor Rodríguez, anunció este miércoles el cronograma con las normas que estarán vigentes durante 30 días en esta entidad para salir a comprar alimentos y productos de primera de necesidad.

La gobernación de Miranda estableció nuevas medidas para detener los casos de contagio de Covid-19 en la entidad, por lo tanto, a partir de este 29 de julio estará vigente un cronograma para la adquisición de alimentos que los ciudadanos deben respetar y cumplir debidamente.

La decisión, anunciada por el mandatario regional, tiene como finalidad frenar el rápido incremento de los casos de Covid-19 que para este 28 de julio totalizaban en el país 15.988 contagios de los cuales 1.428 pertenecen a la entidad Mirandina.

A través de la Gaceta Oficial número 5067, las autoridades regionales informaron a toda la población del estado Miranda, las medidas que deben cumplir para salir a comprar alimentos y productos de primera necesidad. A continuación, se explica los aspectos más resaltantes de dicho documento:

  1. Las compras se regirán por el último número de la cédula de identidad de cada ciudadano o ciudadana, de la siguiente manera:
  • Lunes 0 y 9
  • Martes 1 y 8
  • Miércoles 2 y 7
  • Jueves 3 y 6
  • Viernes 4 y 5
  • Sábados corresponderá a los terminales 0, 1, 2, 8 y 9
  • Domingos a los números 3, 4, 5, 6 y 7

conoce-el-cronograma-para-la-compra-de-alimentos-miranda-regionales-movidatuy.com

  1. En la Gaceta señalan que la adquisición de medicamentos queda totalmente exceptuada de esta disposición.
  2. Para que los ciudadanos puedan entrar a los comercios autorizados para las ventas, estos deberán usar de manera obligatoria el tapabocas o mascarilla. También deben utilizarla correctamente, es decir, cubriendo totalmente la nariz y la boca.
  3. Garantizar que en los establecimientos se cumplan con las medidas de distanciamiento social. Cada persona debe mantener una distancia prudencial de dos metros y evitar aglomeraciones de personas.
  4. Todos los comercios deben colocar el cronograma de ventas por número de cédula en un lugar visible del establecimiento y cumplirlo obligatoriamente.
  5. El incumplimiento de estas normas tendrá como consecuencia la aplicación de sanciones por parte del Estado a comerciantes y ciudadanos; esto incluirá el cierre de comercios y charlas preventivas en los organismos de seguridad.
  6. Las medidas aplicadas tendrán una vigencia de 30 días y podrán ser prorrogados dependiendo de las recomendaciones que dé el Ministerio de Salud. Dicho decreto entra en vigencia a partir de este 29 de julio.
  7. Los organismos de seguridad del estado Miranda, la Coordinación de Misiones y Programas sociales, así como, las autoridades sanitarias y el Mandatario regional son los únicos encargados de que se cumpla lo establecido en la Gaceta Oficial.