Conocido como la “Manada de Manresa” fueron los responsables de un caso de violación, ahora surgen nuevos protagonistas de un caso de supuesta violación en grupo, esto ha causado gran controversia en España.

Un tiempo después del cierre del caso Manada, los cinco hombres que violaron a una joven de 18 años en las populares fiestas de San Fermín en 2016 y quienes fueron condenados a 15 años de prisión por el Tribunal Supremo, luego de una oleada de protestas histórica, nuevamente en España se juzga a otro grupo de incurrir en el mismo delito.

En el caso de la Manada, se conoció como fallo de dos tribunales condenado al grupo por abuso sexual más sin embargo no por el más grave delito de violación, al considerar que no hubo violencia o intimidación. Se ha desatado una enorme polémica y grandes manifestaciones que se extienden por todo el país.

Por su parte el Supremo termino estimando incorrecta la calificación jurídica de esas sentencias  y elevo la pena de los culpables, debido  a que el relato según el alto tribunal describía como un autentico escenario intimidario, donde la victima nunca considero los actos sexuales realizados por los acusados.

La victima violada por la manada en España escribió una carta agradeciendo por no haberla dejado sola, fue una carta muy alentadora.

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Aun las personas recuerdan  y tienen en cuenta el caso anteriormente ocurrido, ya este mes comenzó un nuevo juicio con algunas similitudes al de la Manada. Tanto es la similitud que los llaman la manada de Manresa.

Esta vez se trata de un grupo acusado de un ataque sexual a un infante de 14 años en Manresa, una localidad ubicada al noreste de Cataluña. Este grupo actualmente enfrenta la acusación  de abuso sexual  y no violación, lo que ha vuelto a colocar en un punto de mira la normativa española y la actuación de la fiscalía.

En España los delitos sexuales se clasifican así:

  • Acoso sexual: cuando se solicitan favores de naturaleza sexual en el ámbito laboral, docente o presentación de servicios, ocasionado en la victima una situación altamente intimidatoria, hostil o humillante (condena de 1 a 5 meses de prisión o multa).
  • Abuso sexual: ir contra la libertad o indemnidad sexual de una persona, sin violencia o intimidación, pero tampoco consentimiento (sanción de 1 a 3 años de prisión de multa).
  • Agresión sexual: atentar contra la libertad sexual usando la violencia o intimidación (la condena es de 1 a 5 años de prisión).
  • Violación: es la agresión sexual que consiste en el acceso carnal por vía vaginal, bucal o anal (sanción de 6 a 12 años de prisión).

Este nuevo caso se estima que tendrá un condena de 10 a 20 años de prisión, la Fiscalía imputa un delito de abuso sexual, las máximas de este tipo penal son para castigar los ataques en que  “no concurre violencia ni intimidación, sino en que la victima esta bajo el consumo de drogas y alcohol y su voluntad estaba anulada”.